2023/24
27726 - Derecho financiero y tributario II
Obligatoria
1. Información básica de la asignatura
La asignatura y sus resultados previstos responden a los siguientes planteamientos y objetivos:
Desde el punto de vista de los contenidos y de los objetivos de aprendizaje, el objetivo fundamental de esta asignatura es que el alumno pueda conocer y sepa aplicar las diferentes figuras impositivas del sistema español y su correcta integración en el sistema, así como que sepa resolver, para el caso concreto, los problemas de tributación que se le presenten y pueda emitir una solución concreta basada en la aplicación, interpretación e integración de las normas jurídico-tributarias y las supletorias que sean procedentes.
Estos planteamientos y objetivos están alineados con los siguientes Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 de Naciones Unidas ( https://ww.un.org./sustainabledevelopment.es): Objetivo 4 (Educación de calidad), Objetivo 5 (Igualdad de Género), Objetivo 8 (trabajo decente y crecimiento económico), Objetivo 10 (Reducción de desigualdades) y Objetivo 16 (Paz, justicia e instituciones sólidas), de tal manera que la adquisición de los resultados de aprendizaje de la asignatura proporciona capacitación y competencia para contribuir en cierta medida a su logro.
2. Resultados de aprendizaje
El estudiante, para superar esta asignatura, deberá demostrar los siguientes resultados...
Conoce y explica con precisión cuál es el sistema impositivo del Estado español.
Conoce y sabe explicar, en cada nivel territorial, las figuras que componen el sistema impositivo y quiénes son sus titulares.
Demuestra conocer el sistema impositivo autonómico y su coordinación en el sistema.
Demuestra conocer el sistema impositivo local y su coordinación en el sistema.
Demuestra conocer, comprende y sabe aplicar el régimen jurídico de cada una de las figuras del sistema impositivo estatal, autonómico y local.
Aplica sus conocimientos teóricos y las normas propias del ordenamiento jurídico-tributario a la resolución de casos prácticos sobre las diversas figuras impositivas del programa de la asignatura.
3. Programa de la asignatura
- El sistema fiscal español
- El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
- El Impuesto sobre Sociedades
- El Impuesto sobre la Renta de los no residentes
- El Impuesto sobre el Patrimonio
- El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
- El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
- El Impuesto sobre el Valor Añadido
- Los Impuestos locales, en particular, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles
- Los Impuestos autonómicos, en particular, Aragón
5. Sistema de evaluación
La evaluación no debe ser contemplada como un fin en sí mismo, sino como una herramienta metodológica que pueda ayudar al estudiante en su aprendizaje.
La fijación de las actividades de evaluación en la Guía Docente ha de partir de la exigencia estatutaria de evaluación uniforme para todos los grupos de la misma asignatura, aspecto que debe modularse con alguna racionalidad.
Partiendo de lo anterior, la calificación de la asignatura se obtendrá en un 30% de la realización de pruebas, trabajos y casos prácticos que se planteen por los profesores durante el período de clases y en el restante 70% de la realización de una prueba final.
Durante el período de clases se realizarán las pruebas, trabajos y casos prácticos que en cada grupo sean planteados por los profesores responsables. En todo caso, al menos serán precisas dos actividades de las que quede constancia por escrito de su realización, que podrán consistir en la realización de pruebas, de un caso práctico o de un trabajo (por ejemplo, el estudio de un tema o institución, la recensión de un libro, el comentario a una sentencia, etc.).
En lo que se refiere a las actividades a las que se acaba de hacer mención, cada uno de los profesores concretará a los alumnos, con anterioridad a su realización, sus características, su valor y los criterios de evaluación que resultan aplicables a cada caso. Los profesores de los distintos grupos podrán acordar la realización de actividades comunes.
Las calificaciones correspondientes se facilitarán a los estudiantes tras finalizar el período de clases y, en todo caso, antes de la fecha de realización de la prueba final. Esta nota se tendrá en cuenta (y se guardará) también para la segunda convocatoria del curso académico correspondiente.
Los alumnos que no hayan realizado durante el período de clases las actividades anteriormente citadas, o bien que deseen mejorar la nota obtenida a raíz de la mismas, podrán realizar, tanto en la primera como, en su caso, la segunda convocatoria, una prueba específica que se celebrará el mismo día que la prueba final.
La prueba específica consistirá en la realización de un ejercicio escrito adicional sobre el contenido de la materia, en el que se demuestre que se sabe dar respuesta, desde la perspectiva del Derecho Financiero y Tributario, a una o varias cuestiones planteadas por el profesor respectivo relacionadas con el objeto del temario. En la prueba se valorará la corrección y adecuación jurídica de la respuesta proporcionada a la cuestión planteada.
De las calificaciones obtenidas en ambas pruebas (la derivada de las pruebas, trabajos y demás actividades desarrolladas durante el período de clases y la derivada de la prueba específica, en su caso,) prevalecerá siempre la mayor, que será la que se tendrá en cuenta a efectos de la calificación final en cada convocatoria.
En cada convocatoria oficial se realizará una prueba final cuyo valor es el 70% de la nota final, a la vista de lo señalado en la Memoria de la titulación, según la cual "Se evaluarán los resultados de aprendizaje cognitivo de la materia así como la capacidad de resolución de problemas. Se fomenta la relación de conocimientos teóricos con su valor práctico valorando la capacidad de argumentación y de exposición". Dicha prueba final se dividirá en dos partes:
La primera parte consistirá en la contestación a una serie de preguntas tipo test de opción múltiple, con una sola respuesta correcta, sin que los fallos penalicen. Se ponderará en un 35% de la calificación final y será condición necesaria para superar la asignatura que el alumno obtenga un mínimo de 1,5 puntos de los 3,5 puntos asignados como máximo a esta
primera parte de la prueba.
La segunda parte consistirá en la resolución de uno o varios casos prácticos y se ponderará en un 35% de la calificación final. Se valorará la corrección de las respuestas proporcionadas a los diversos problemas planteados, así como el adecuado manejo de las fuentes jurídicas. Será condición necesaria para superar la asignatura que el alumno obtenga un mínimo de 1,5 puntos de los 3,5 puntos asignados como máximo a esta segunda parte de la prueba.
En la realización de la prueba final, no se permitirá, ningún caso, el uso de ordenadores u otros dispositivos electrónicos, si bien se podrán utilizar calculadoras no incorporadas a dichos dispositivos o relojes.
Finalmente, adviértase que, si un estudiante realiza la prueba en día distinto al que se señala en la convocatoria oficial, mediando causa justificada, el modelo de examen podrá ser diferente de los señalados anteriormente. Asimismo, el modelo de examen también podrá ser diferente para los alumnos extranjeros participantes en programas de intercambio, siempre que medie una causa justificada. En cualquier caso, el contenido del examen será teórico/práctico.